Lo que significa realmente el abandono y sus consecuencias
La más reciente definición legal de animal abandonado nos la ofrece la legislación catalana, que considera como tal aquel animal de compañía que no va acompañado de persona alguna ni lleva ninguna identificación que indique su origen o la persona que es su propietario o poseedor. Si el animal de compañía lleva identificación y es recogido por los servicios municipales o por una protectora, se notifica al propietario o poseedor la localización del animal que cuenta con un plazo para recogerlo previo pago de los gastos ocasionados. Si transcurrido el plazo, el animal no ha sido recogido se considera entonces abandonado.
El resto de leyes autonómicas recogen definiciones similares a la catalana distinguiendo siempre entre los animales que se hayan sin identificar que pasan a ser considerados directamente abandonados cuando circulan sin compañía humana alguna y los que cuentan con tal identificación que permiten al menos mantener un contacto con el propietario o poseedor para determinar si se trata de una simple pérdida o de un abandono si no es recogido en el plazo que cada comunidad ofrece a tal efecto. Estos plazos varían de una comunidad a otra pero lo habitual es que se indiquen en la notificación que se realiza al propietario o poseedor de tal forma que éste puede conocer perfectamente con qué margen de tiempo cuenta para retirar a su animal del lugar en que se encuentra recogido.
Del análisis de esta regulación es fácil obtener ya un par de conclusiones. En primer lugar, la importancia que tiene identificar a nuestra mascota correctamente puesto que, en caso de pérdida, siempre va a resultar más sencilla su recuperación y, si es capturado por algún servicio municipal o protectora, no va a ser considerado inmediatamente como abandonado con las consecuencias que se derivan de tal calificación. En segundo lugar, porque si la intención del propietario o poseedor es abandonar el animal, la administración cuenta con sus datos para proceder a sancionarlos por su actuación. De esta forma, antes de abandonar al animal en la calle, probablemente se opte por otra alternativa que no se considere una infracción administrativa.
Lo que sí debe dejarse especialmente claro es que la práctica del abandono no es gratuita. Cada vez más se intensifica la aplicación de las normas que prohíben y castigan estas acciones. Hoy en día, esta actuación se encuentra castigada en todas las leyes autonómicas que la incluyen en el catálogo de las infracciones graves o muy graves, llevando aparejada la correspondiente sanción económica que puede llegar a alcanzar una cuantía muy interesante.
Una puntualización más en relación con el tema del abandono: si dejar al animal tirado en una cuneta de cualquier carretera no es una opción aún lo es menos otro tipo de abandono igual de cruel, dejarlo solo sin agua y comida dentro de una casa o de una finca, actuación que igualmente se encuentra prohibida y sancionada.
Por último, recordar tan solo que un animal abandonado puede generar además otros problemas como, por ejemplo, ocasionar un accidente de tráfico, atacar a otras personas o animales cuando se encuentra hambriento, ser transmisor de enfermedades, etcétera.
Otras soluciones alternativas
Dado que no debe considerarse en absoluto la opción del abandono, aún queda pendiente de solucionar el problema de qué hacer con nuestro animal doméstico ante la realización de un viaje. Las alternativas son varias:
La primera opción posible es que un familiar o un amigo se haga cargo de nuestra mascota. Para decidirnos por esta solución es importante tomar determinadas precauciones. En primer lugar, obviamente confiar el cuidado de nuestro animal a una persona suficientemente responsable que pueda realizar el mismo a lo largo de toda la duración del viaje. En segundo lugar, dejarle la documentación del animal y las instrucciones precisas y necesarias sobre el conjunto de atenciones que requiere la mascota, especialmente si precisa una comida especial, un tratamiento veterinario o alguna otra asistencia específica. Y, en tercer lugar, dejarle un número de teléfono donde pueda localizar al propietario o poseedor en caso de que le surja cualquier duda o complicación o emergencia durante el tiempo de estancia fuera del hogar. No hay que olvidar que esta persona va a ser la responsable del animal frente a terceras personas cuando lo saque fuera de la casa por lo que si se tiene contratado un seguro, es importante dejarle indicaciones suficientes también sobre este aspecto.
Si no se cuenta con un familiar o un amigo que pueda encargarse del cuidado del animal, éste puede irse de viaje con la familia. Esta opción requiere un estudio previo y una previsión con cierto tiempo de antelación pues los trámites dependen del medio de transporte elegido para viajar, del lugar de destino y del alojamiento en dicho lugar. Hoy en día existen numerosos hoteles que permiten utilizar los servicios del mismo con animales domésticos pero también hay muchos otros que no. Es imprescindible concertarlo con anterioridad y comprobar igualmente qué requisitos se nos van a exigir para el acceso al hotel y la estancia en el mismo. Si se trata de otro tipo de alojamiento también es esencial comentar con anterioridad la admisión o no de animales, incluso si se trata de un apartamento o casa de alquiler.
Las compañías aéreas, ferroviarias o navales, suelen permitir el acceso y el viaje de animales con ciertas condiciones y requisitos. Antes de partir hay que hablar con la compañía de que se trate y comprobarlos para luego no tener problemas de última hora en el momento del embarque. El autobús, por sus propias características, es el medio más complicado para viajar con un animal, especialmente si éste es de una dimensión que no permite su transporte como equipaje de mano. Si el viaje lo vamos a realizar en nuestro vehículo particular, siempre resulta más sencillo porque dependemos de nosotros mismos pero no debemos olvidar llevar agua y comida para el animal y realizar paradas que permitan su esparcimiento y la realización de sus necesidades.
En todos los casos, llevar la documentación al día es esencial y, si vamos a viajar por Europa, contar con el denominado pasaporte comunitario. Ahora bien, antes de salir a otro país, es recomendable ponerse en contacto con la embajada correspondiente para que nos informen de los requisitos que se exigen para que el animal pueda desembarcar en dicho estado.
Si el viaje con nuestra mascota es imposible, aún queda una última alternativa: contratar los servicios de una residencia temporal. Dado que cada vez existen más establecimientos de este tipo, no está de más visitar las instalaciones de varias y determinar cuál de ellas nos parece más adecuada.
La mayor parte de las Comunidades Autónomas regulan este tipo de negocios y suelen estar consideradas como núcleos zoológicos por lo que administrativamente se les exige el cumplimiento de un conjunto de requisitos mínimos imprescindibles para poder ofrecer sus servicios. De cualquier forma, no está de más acudir antes de dejar el animal, estudiar cómo son los habitáculos donde residen los animales, cómo se encuentran cuidados, qué personal atiende el centro, cómo es la comida, qué clase de atención veterinaria reciben, etcétera.
Además, es muy importante, al igual que antes comentábamos para el caso de dejarlo con un amigo o un familiar, facilitar todas las instrucciones que consideramos necesarias para el cuidado de nuestro gato durante su estancia en la residencia. Los precios de estos lugares oscilan de una residencia a otra en función de los servicios que ofrecen pero suelen ser asequibles y, si elegimos bien, garantizamos que el animal, al menos en sus necesidades básicas, se encuentre correctamente atendido. Dejar un medio de contacto vuelve a ser fundamental pues, en caso de tener que tomar determinadas decisiones o en el supuesto de una emergencia, la residencia va a poder ponerse en contacto con el propietario o poseedor para tomar las medidas oportunas.
El mejor consejo si se opta por esta alternativa es, una vez seleccionada la residencia, plasmar todo lo acordado por escrito en un contrato. En éste deberán figurar los datos del animal y del propietario o poseedor, el precio, los servicios contratados y otros datos que puedan resultar de interés como, por ejemplo, la información sobre la necesidad de medicación, alergias, comidas especiales, etcétera.
Si ninguna de estas alternativas es viable y finalmente la decisión es deshacerse del animal, éste debe entregarse en una asociación o sociedad protectora que se encargará de su cuidado y procurará encontrar una nueva familia de adopción.
Otras medidas para evitar el abandono
Como antes adelantábamos, los viajes no son la única causa del abandono pero sí uno de los momentos en que la tenencia puede llegar a considerarse una carga no soportable. Cuando se llega a esta situación, es porque previamente alguno de los pasos se ha realizado mal. Un animal no es un juguete. Su adquisición es una decisión que va a afectar a nuestra forma de vida durante un importante número de años, razón por la cual no deben ser objeto de regalo salvo que se conozca muy bien a la persona a la que se le va a entregar y no deben ser un reclamo fácil en las tiendas de animales. Previendo estas situaciones algunas normas ya prohíben la exposición de los animales en los escaparates y ponen limitaciones a numerosas ventas. Pero, además, es necesario insistir, desde todos los ámbitos en el cumplimiento de la obligación de identificación puesto que ésta permite conocer a los propietarios que abandonan y sancionarlos adecuadamente. Por último, la educación y la divulgación en materia animal es esencial como lo es que nuestras autoridades y tribunales impongan más sanciones y dicten más sentencias castigando a aquellos que abandonan o, lo que es lo mismo, que infringen la ley.
Fuente: Texto de: Susana Alfageme y Elena Cuervo www.cuervoalfageme.com
http://www.elmundodelgato.com/noticia/618/Legislación/cuidado-animales-viaje.html